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Libro de Visitas electrónico (LVe)

El Boletín Oficial del Estado del día 2 de diciembre de 2008, publicó la Resolución de 25 de noviembre de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, sobre el Libro de Visitas electrónico.

En dicha norma se establece, que todas aquellas empresas y trabajadores autónomos que deban disponer en sus centros de trabajo del Libro de Visitas de la ITSS, podrán solicitar la sustitución de dicha obligación por el alta en la aplicación informática del Libro de Visitas electrónico. Para obtener la autorización, las empresas y trabajadores autónomos deberán garantizar que cada centro de trabajo, en el que se sustituya el Libro convencional, cuenta con al menos un ordenador personal con dispositivo de lector de trarjetas inteligentes con acceso habilitado, a través de internet, a la Aplicación del LVE. En los apartados inferiores se ofrece toda la información necesaria.

bullet-Rj  AVISO: Indicar que por el momento, la Aplicación sólo está operativa en las siguientes Comunidades Autónomas: GALICIA, ASTURIAS, CANTABRIA, LA RIOJA Y NAVARRA.

Todas aquellas empresas o trabajadores autónomos interesados, deberán descargarse el sofware necesario (ver enlaces en apartado Documentación)

Aplicación LVe

Acceso aplicación LVe-ITSS:      

Logo_LVe

 
ico_exp Libro de Visitas Electrónico

 

Teléfono de información y correo electrónico:

 902 88 77 65   -    infolve@meyss.es