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Guía Laboral - Acceso de los extranjeros al trabajo en España

21.22. Reactivación del período transitorio en relación con la libre circulación de los trabajadores de Rumanía

Se reactiva el período transitorio en relación con la libre circulación de los trabajadores de Rumanía, y se establece limitación en el acceso al mercado de trabajo de los trabajadores por cuenta ajena rumanos. Esta limitación tiene vigencia desde el 22 de julio de 2011 y se mantendrá hasta el 31 de diciembre de 2012, momento en el cual el Gobierno evaluará la situación en el mercado de trabajo y acordará lo que proceda en relación con la continuación o la finalización del período transitorio.
En virtud de este período transitorio, los nacionales de Rumanía que entren en territorio español a partir del 22 de julio de 2011 o que encontrándose ya en territorio español no figuren como dados de alta en el régimen correspondiente de la seguridad Social o inscritos como demandantes de empleo en los Servicios Público de Empleo a dicha fecha y traten de ejercer en España una actividad laboral por cuenta ajena, deberán ser autorizados de acuerdo con el régimen establecido en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social y su Reglamento de aplicación.
 

 

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