Otras ayudas que se establezcan en favor de la ciudadanía española en el exterior y retornada.
- Gestión de pensiones
- Gestión y pago de pensiones empresariales a españolas y españoles retornados que, en otro caso, no percibirían las cantidades correspondientes por residir en España.
- Seguridad Social
- Actuaciones y gestiones a favor de la emigración ante las Entidades Gestoras de la Seguridad Social españolas y alemanas en relación con la aplicación de los Reglamentos Comunitarios en la materia.
- Seguimiento del cumplimiento de los Convenios Internacionales y de los Reglamentos Comunitarios en el ámbito de la Seguridad Social.
- Asistencia y representación jurídica de los beneficiarios de dichos instrumentos internacionales.
- Desempleo
- Asesoramiento y tramitación de documentación de las prestaciones por desempleo, tanto contributivo como asistencial.
- Presentación de reclamaciones o, llegado el caso, de demanda contra las resoluciones de prestaciones por desempleo.
- Asesoramiento e información sobre posibilidades de reintegrarse en el mercado de trabajo alemán mediante una cualificación profesional o retorno.
- Retorno
- Información y asesoramiento a los y las emigrantes que retornen a España sobre los procedimientos y documentación necesaria para el reconocimiento del derecho a prestación por desempleo y su solicitud en España, bien sea en su modalidad de contributiva o asistencial.
- Información y asesoramiento sobre los Programas de la Dirección General de la Ciudadanía Española en el Exterior destinados a población retornada.
- Mediación en la colocación de personas españolas que deseen retornar en puestos de trabajo ofertados por empresas en España.
- Información y asesoramiento sobre los trámites de homologación de estudios profesionales para el ejercicio de una profesión en España.
- Información y asesoramiento sobre el establecimiento por cuenta propia en España.
- Tramitación de las solicitudes de residencia, asistida o no asistida, para emigrantes mayores que deseen retornar.
- Laboral
- Información y asesoramiento a la emigración española sobre la legislación laboral alemana, los procedimientos de recurso en caso de reclamación laboral y la aplicación de las Directivas de la Unión Europea sobre la materia.
- Fiscal
- Información y asesoramiento sobre el sistema fiscal en relación con las obligaciones tributarias derivadas del salario y el procedimiento para la declaración de impuestos sobre la renta.
- Acción Social
- Ayuda a los y las emigrantes mayores en sus relaciones con las instituciones alemanas.
- Desarrollo y gestión de los programas de vacaciones para personas mayores y de termalismo social financiados por el IMSERSO.
- Tramitación de solicitudes de residencias asistidas o no asistidas en España para personas mayores que deseen retornar.
- Mantenimiento en la Consejería de un Centro de Apoyo de la UNED para estudios universitarios de españoles o de cualquier nacionalidad residentes en Alemania.
- Emigración
- Información a requerimiento a personas españolas interesadas en una estancia de trabajo o estudios en Alemania.
- Información a las empresas sobre la contratación individual o colectiva (trabajadores/as temporeros) de personas españolas para trabajar en Alemania.
- Información a las empresas sobre los trámites para la realización en España de un contrato de obra adjudicada.
- ATENCIÓN A EXTRANJEROS/AS QUE DESEAN EMIGRAR A ESPAÑA
- Información sobre la situación del empleo en España y sobre el procedimiento legal existente para el acceso de los mismos al mercado de trabajo español.
- Información sobre los requisitos para la homologación de titulaciones de profesiones regladas y no regladas que permitan el ejercicio de las mismas en España.
- Información a pensionistas extranjeros que deseen trasladar su residencia a España.
III.- DERECHOS DE LA CIUDADANÍA
De acuerdo con lo dispuesto en la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los ciudadanos tienen derecho a obtener información y orientación acerca de los requisitos jurídicos o técnicos que las disposiciones vigentes impongan a los proyectos, actuaciones o solicitudes que se propongan realizar.
- Así pues, con carácter general, tienen derecho:
- A ser informados en materias de su interés que sean competencia de esta Consejería, de manera presencial, telefónica y telemática.
- A recibir una atención directa y personalizada.
- A obtener la información administrativa real, veraz y pública.
- A una orientación positiva.
- A ser auxiliados en la redacción formal de documentos administrativos que dirijan a las Administraciones Públicas en el ámbito socio-laboral.
IV.- FORMAS DE COLABORACIÓN Y PARTICIPACIÓN.
Ciudadanía y personas usuarias podrán participar y colaborar en los servicios de la Consejería, a través de
- Los órganos de representación de la emigración española: el Consejo General de la Ciudadanía Española en el exterior y, en el ámbito consular, los Consejos de Residentes Españoles (CRE).
- Las asociaciones, federaciones y confederaciones de españoles y españolas residentes en el exterior.
- La formulación de quejas y sugerencias conforme a lo previsto en esta Carta de Servicios.
- Por medio de la expresión de sus opiniones en las encuestas que se realicen anualmente sobre la prestación de servicios.
V.- NORMATIVA REGULADORA
La normativa reguladora de los servicios prestados por la Consejería se encuentra en los siguientes textos legales:
- Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social. (BOE 12-01-2000).
- Ley Orgánica 8/2000, de 22 de diciembre, de reforma de la Ley Orgánica 4/2000. (BOE 23-12-2000).
- Ley 3/2005, de 18 de marzo, por la que se reconoce una prestación económica a los ciudadanos de origen español desplazados al extranjero, durante su minoría de edad, como consecuencia de la Guerra Civil, y que desarrollaron la mayor parte de su vida fuera del territorio nacional (Niños de la guerra) (BOE 21-03-2005).
- Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia (BOE 15-12-06)
- Ley 40/2006, de 14 de diciembre, del Estatuto de la ciudadanía española en el exterior (BOE 15-12-06). Corrección de errores de la Ley 40/2006, (BOE 5-02-07).
- Ley 52/2007, de 26 de diciembre, por la que se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas a favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la guerra civil y la dictadura (BOE 27/12/2007).
- R.D. 632/87, de 8 de mayo, sobre la Organización de la Administración del Estado en el exterior. (BOE 18-05-1987).
- R.D. 1339/1987, de 30 de octubre, sobre cauces de participación institucional de los españoles residentes en el extranjero (BOE 2-11-1987).
- Orden de 23 de febrero de 1988, del Ministerio de Asuntos Exteriores, por la que se regula la constitución, funciones, elección y funcionamiento de los Consejos de Residentes Españoles en el extranjero (BOE 2-03-1988).
- R.D. 426/93, de 26 de marzo, regulador de las Secciones de Asuntos Laborales y de Seguridad Social de las Oficinas Consulares. (BOE 14-04-1993).
- Orden de 12 de mayo de 1994, del Ministerio de Asuntos Exteriores, por la que se suprimen unidades administrativas denominadas Oficinas Laborales y se crean las Secciones Laborales, de Seguridad Social y de Asuntos Sociales de las Oficinas Consulares (BOE 17-05-1994).
- R.D. 904/2003, de 11 de julio, por el que se regula la Administración del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales en el exterior (BOE 24-07-2003).
- R.D. 1493/2007, de 12 de noviembre, por el que se aprueban las normas reguladoras de la concesión directa de ayudas destinadas a atender las situaciones de extraordinaria necesidad de los españoles retornados. (BOE 26/11/2007).
- R.D. 8/2008, de 11 de enero, por el que se regula la prestación por razón de necesidad a favor de los españoles residentes en el exterior (BOE 24/01/08).
- Orden del MTAS/1967/2005, de 24 de junio, por la que se establecen las disposiciones para el desarrollo y aplicación de la Ley 3/2005, de 18 de marzo. (BOE 25-06-2005).
- Resolución de 25/02/08, conjunta de la Dirección General de Emigración y de la Dirección General del Instituto Nacional de la Seguridad Social, por la que se regula el procedimiento para acceder a la asistencia sanitaria para españoles de origen retornados y para pensionistas y trabajadores por cuenta ajena españoles de origen resientes en el exterior que se desplacen temporalmente a España. (BOE de 01/03/08).
- Son aplicables los Convenios y Acuerdos sobre emigración suscritos por España con los países de acreditación y el Convenio núm. 97 de la OIT.
- Asimismo son de aplicación la normativa de la Unión Europea y los Convenios bilaterales, en materia de Seguridad Social, suscritos con varios países de los cinco continentes.
- Hay que tener en cuenta, además, los Acuerdos bilaterales adoptados sobre trabajadores extranjeros en España:
- a) Sobre regulación y ordenación de los flujos migratorios laborales:
- - Colombia: BOE de 4-7-01 y 9-5-02
- - República Dominicana: BOE de 5-2-02
- - Ecuador: BOE de 10-7-01
- - Polonia: BOE de 20-9-02 y 8-4-04
- - Rumanía: BOE de 3-12-02
- - Bulgaria: BOE de 15-12-03
- b) Sobre inmigración:
- - Guinea-Bissau: BOE de 27-3-03
- - Gambia: BOE de 28-12-06
- - Guinea-Conakry: BOE de 28-1-07
- c) Sobre mano de obra:
- - Marruecos: BOE de 20-9-01
- d) Sobre permisos de residencia y trabajo:
- - Marruecos: BOE de 28-05-96
BOE de 03-09-97
- e) Sobre readmisión de personas en situación irregular:
- - Francia: BOE de 26-12-03
- - Polonia: BOE de 22-7-04
- - Suiza: BOE de 20-1-05
- Convenios especiales de la Seguridad Social para trabajadores emigrantes y retornados en materia de prestaciones y asistencia sanitaria regulados en diversas normas (RD 996/86, OM 3-8-93; OM 23-4-97; RD 1203/03; O. MTAS/2865, de 13-10-03; O. MTAS/819, de 12-3-04; O. MTAS/29, de 18-1-06; Resolución 20-8-86; Resolución 21-4-97; D. 1075/70; OM 10-6-70; OM 13-7-71; RD 1564/98).
- Las distintas órdenes ministeriales que se publican cada año, por las que se establecen las bases reguladoras de la concesión de las ayudas y subvenciones correspondientes a los programas de actuación en favor de los españoles emigrantes y retornados.
La normativa reguladora de las materias competencia del Ministerio de Trabajo e Inmigración se pueden consultar en: http://www.meyss.es/
VI.- FORMAS DE PRESENTACIÓN DE QUEJAS Y SUGERENCIAS
Los ciudadanos podrán presentar sus quejas y sugerencias sobre el funcionamiento de la Consejería en los lugares y en la forma que se señala a continuación:
- De forma presencial, en el Formulario de Quejas y Sugerencias habilitado al efecto en la Consejería.
- Mediante correo postal a la dirección de la Consejería.
- Por medios telemáticos, siendo necesario en este caso, la firma electrónica del interesado
Las quejas y/o sugerencias deben hacerse constar en el correspondiente formulario, si bien puede ser utilizado cualquier otro formato o carta, siempre y cuando sean firmadas.
La Consejería, en el plazo de 20 días hábiles siguientes a la presentación de la queja o sugerencia, informará al interesado de las actuaciones realizadas y, en su caso, de las medidas adoptadas.
La presentación de cualquier queja o sugerencia no tendrá la calificación de recurso administrativo, no interrumpirá los plazos establecidos en el procedimiento al que pudiera afectar, ni condicionará el ejercicio de las restantes acciones o derechos de los interesados.
VII. NIVELES O COMPROMISOS DE CALIDAD
Niveles de calidad ofrecidos:
- Información presencial:
- Atender antes de 30 minutos al 90% de los usuarios y usuarias.
- Información telefónica:
- Contestar el 90% de las consultas telefónicas dentro de las 24 horas siguientes, cuando no se les pueda dar respuesta inmediata.
- Información por correo:
- Responder por escrito las consultas recibidas dentro de los 15 días siguientes a la recepción de las mismas.
- Tiempos de resolución de ayudas de competencia de la Consejería:
- Resolver el 75% de las solicitudes en el plazo de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente al de presentación de la solicitud completa si hubiera asignación presupuestaria, o, en su caso, desde que ésta fuera asignada.
- Tiempos de tramitación, en el ámbito de la Consejería, de las ayudas competencia de la Dirección General de la Ciudadanía Española en el Exterior:
- Tramitar el 90% de las solicitudes de ayuda en el plazo de 30 días hábiles, a partir del término del plazo de presentación de las solicitudes y subsanación, en su caso, en las ayudas en régimen de concurrencia, o de 20 días a partir de la fecha de presentación completa de las mismas si fueran de carácter individual.
- Tiempos de tramitación de Quejas y Sugerencias:
- Contestar el 90% de las quejas y sugerencias recibidas en un plazo de 15 días.
VIII. MEDIDAS QUE FACILITEN EL ACCESO, MEJOREN LAS CONDICIONES DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO Y ASEGUREN LA IGUALDAD DE GÉNERO.
Aspectos facilitadores:
En la Consejería se aplican criterios que facilitan la atención al público, que se concretan en unas reglas de atención al público y un compromiso ético de actuación.
- Reglas de atención al público.
En cada una de las modalidades de atención, el personal de la Consejería se guiará por las siguientes reglas de actuación con la ciudadanía:
Se identificarán adecuadamente, utilizarán un lenguaje comprensible, tratarán de resolver la cuestión planteada en el menor tiempo posible y preguntarán a la persona atendida si ha obtenido lo que deseaba.
- Compromiso ético de actuación.
El personal que presta servicios en la Consejería asume como valores éticos del servicio público la integridad, la neutralidad, la imparcialidad, la transparencia en la gestión, la receptividad, la responsabilidad profesional y el servicio a la ciudadanía.
Además, en el desarrollo de su trabajo diario velará por que usuarios y usuarias sean tratados con la mayor consideración, con arreglo a los principios de máxima colaboración, mínima molestia, confidencialidad, confianza, actuación eficiente y trato personalizado.
Estos valores se extremarán en la atención a las personas que tengan algún tipo de discapacidad.
Analizar y corregir, en su caso, las actuaciones y conductas que dificulten el respeto al principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres.
IX. SISTEMAS NORMALIZADOS DE GESTIÓN DE LA CALIDAD, MEDIO AMBIENTE Y PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES.
La Consejería cuenta con un sistema de aseguramiento de la calidad consistente en:
- Formación continua del personal mediante cursos orientados a la actualización de los sistemas de gestión y del conocimiento de la legislación aplicable, así como de las técnicas de mejora de la calidad.
- Revisión trimestral de los indicadores de gestión.
- Análisis de las quejas y sugerencias recibidas con la finalidad de revisar los procedimientos y sistemas de gestión, para adaptarlos a las necesidades y expectativas de los usuarios.
- Todos los años se realizará una encuesta de satisfacción entre los usuarios de todos los servicios, orientada a conocer la valoración que el público hace de la calidad de los mismos y las posibles mejoras a introducir en ellos.
X. INDICADORES PARA EL SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DE LA CALIDAD
- Porcentaje de consultas en información presencial atendidas antes de 30 minutos.
- Porcentaje de consultas telefónicas a las que no se pueda dar respuesta inmediata, contestadas dentro de las 24 horas siguientes.
- Porcentaje de consultas contestadas por escrito en el plazo de 15 días a partir de su recepción.
- Porcentaje de solicitudes de ayudas competencia de la Consejería, resueltas en el plazo de 15 días.
- Porcentaje de ayudas tramitadas en la Consejería, competencia de la Dirección General de la Ciudadanía Española en el Exterior, dentro de los 30 días desde el término del plazo de presentación de las solicitudes, en las ayudas en régimen de concurrencia, o dentro de los 20 días desde el término del plazo de presentación si fueran de carácter individual.
- Porcentaje de quejas y sugerencias contestadas antes de 15 días.
XI. MEDIDAS DE SUBSANACIÓN EN CASO DE INCUMPLIMIENTO DE LOS COMPROMISOS.
En caso de incumplimiento de alguno de los compromisos declarados en esta Carta, el usuario podrá presentar reclamación ante la Unidad responsable de la misma, que se pondrá en contacto con él, ofreciéndole una información detallada de las circunstancias que hubieran determinado tal incumplimiento, así como de las medidas que, en su caso, se adopten para evitarlas en lo sucesivo.
XII. DIRECCIONES Y ACCESO
12.1.- Direcciones postales, telefónicas y telemáticas
Dirección postal: Lichtensteinallee 1, 10787 Berlín
Teléfono: 030/254007 - 450
Fax: 030/254007- 507
E-mail: ctalemania@meyss.es
12.2.- Formas de acceso y transporte
Metro: Zoologischer Garten
S-Bahn: Tiergarten
Autobuses: 100, 187, 200
Plano de situación

XIII. UNIDAD RESPONSABLE DE LA CARTA
La Secretaría General de la Consejería, responsable de la Carta de Servicios, será la encargada de velar por el cumplimiento de los compromisos proclamados en la Carta y de impulsar las pertinentes acciones de mejora.
La dirección de la misma es la siguiente:
Dirección postal: Lichtensteinallee 1, 10787 Berlín
Teléfono: 030/254007 - 450
Fax: 030/254007- 507
E-mail: ctalemania@meyss.es
XIV. OTROS DATOS DE INTERES.
- Horario de atención al público:
de 9:00 a 15:00 de lunes a jueves
de 9:00 a 14:00 los viernes
- Direcciones de las Oficinas Socio-Laborales que dependen funcionalmente de la Consejería:
Consulado General de España
Sección de Trabajo e Inmigración
Graf-Adolf-Str. 86-88
40210 Düsseldorf
Teléono: 0211-360664
Fax 0211-360665
e-mail: oficinadusseldorf@meyss.es
Horario de atención al público: Lunes, miércoles, jueves, viernes: 8:30 a 13:00 h
Martes: 8:30 a 13:00 h y de 14:00 a 17:30 h
Consulado General de España
Sección de Trabajo e Inmigración
Schwalbacherstr. 32
60326 Frankfurt/M
Teléono: 069-7306161
Fax 069-7306357
e-mail: oficinafrankfurt@meyss.es
Horario de atención al público: Lunes a viernes: 9:00 a13:00 h
Consulado General de España
Sección de Trabajo e Inmigración
Lange Reihe 2
20099 Hamburg
Teléono: 040-335757
Fax 040-24874409
e-mail: oficinahamburgo@meyss.es
Horarios de atención al público: Lunes a viernes: 9:00 a 12:00 h
El primer sábado de cada mes: 9:00 a 13:00 h
Consulado General de España
Sección de Trabajo e Inmigración
Lister Meile 48
30161 Hannover
Teléono: 0511-344464
Fax 0511-344464
e-mail: oficinahannover@meyss.es
Horario de atención al público: Lunes a viernes: 8:30 a 14:00 h
El primer sábado de cada mes: 8:30 a 13:30 h
Consulado General de España
Sección de Trabajo e Inmigración
Tal 19/II
80331 München
Teléono: 089-293004
Fax 089-22800807
e-mail: oficinamunchen@meyss.es
Horarios de atención al público: Lunes, miércoles, jueves, viernes: 8:30 a 15:30 h
Martes: 8:30 a 12:00 h y de 14:00 a 17:30 h
Embajada de España en Polonia
Sección de Trabajo e Inmigración
Mysliwiecka, 4
00459 Varsovia / Polonia
Teléono: 00 48 22 – 622425 – 0 / - 213
e-mail: slvarsovia@meyss.es