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CARTA DE SERVICIOS DE LA CONSEJERÍA DE TRABAJO E INMIGRACIÓN EN BRASIL

I.- DATOS SIGNIFICATIVOS Y FINES DEL ORGANISMO.

La Consejería de Trabajo e Inmigración en Brasil es una unidad administrativa dependiente orgánicamente de la Embajada Española y funcionalmente del Ministerio de Trabajo e Inmigración.

Sus funciones principales consisten en atender a los residentes españoles en cuanto a la tramitación de pensiones asistenciales por ancianidad; difundir y gestionar los Programas de Ayudas en su favor; orientar sobre el retorno y colocación en España de los españoles residentes en el extranjero, la canalización de los flujos migratorios de los extranjeros y actuaciones relacionadas con el Convenio bilateral en materia de Seguridad Social.

Igualmente, facilita información a la Administración Española sobre la situación socio-laboral de Brasil y mantiene relaciones institucionales con las Autoridades, Asociaciones Patronales y Sindicales y Entes de Participación Social del país de acreditación.

II.- RELACION DE SERVICIOS PRESTADOS:

INFORMACIÓN Y RELACIONES:

  • Información al Ministerio:
    • Informes periódicos remitidos al Ministerio sobre la situación socio-laboral del país de acreditación.
    • Informes de carácter monográfico solicitados por el Ministerio o elaborados a iniciativa de la Consejería.
  • Información a instituciones y personas del país de acreditación:
    • Distribución de publicaciones sobre la realidad socio-laboral de España recibidas de las Administraciones Públicas españolas.
  • Relaciones institucionales:
    • Participación o presencia en reuniones, congresos y conferencias en materias de empleo, seguridad social y asuntos sociales de Brasil.
    • Relación permanente con Autoridades e Instituciones de Brasil relacionadas con las funciones de la Consejería, así como con Asociaciones Patronales, Sindicales y Entes de Participación Social.

ATENCIÓN A LOS ESPAÑOLES RESIDENTES EN BRASIL:

  • A Centros, Asociaciones y Consejos de Residentes:
    • Participación en reuniones y actos organizados por los Centros, Asociaciones y Consejos de Residentes Españoles, o promovidos por la Consejería.
    • Elaboración y distribución de publicaciones divulgativas de noticias socio-laborales y de novedades legislativas de interés para los emigrantes.
  • Información a españoles residentes:
    • Información a los emigrantes en materias de empleo, seguridad social y asuntos sociales, programas de ayudas y de retorno a España.
    • Información y asesoramiento sobre la legislación de Trabajo y de Seguridad Social de Brasil.
    • Difusión de los Programas de Ayudas Económicas de la Administración Española.
  • Gestión de Ayudas Económicas:
    • Ayudas Individuales:
      • Ayudas para sufragar gastos extraordinarios de los españoles residentes en el exterior y de los retornados, así como de los familiares que convivan y dependan económicamente de ellos, cuando se acredite insuficiencia de recursos.
      • Ayudas para la realización de acciones tendentes a facilitar la promoción educativa de los ciudadanos españoles en el exterior que carezcan de medios económicos suficientes, a través de acciones para la formación en el exterior
      • Becas “Reina Sofía”, para posibilitar la realización de estudios universitarios o de postgrado en España a los españoles residentes en el exterior que carezcan de medios económicos suficientes.
      • Ayudas para la realización de acciones de formación y de especialización profesional, combinadas con la realización de prácticas laborales en empresas radicadas en España, que permitan a los españoles, especialmente a los jóvenes, residentes en el extranjero su incorporación al mercado de trabajo español
      • Ayudas para la realización de acciones de formación y de especialización en las profesiones con mayor demanda de empleo en España que propicien el retorno y faciliten la inserción laboral de los trabajadores españoles residentes en el exterior, especialmente a los jóvenes.
      • Ayudas para la realización de acciones que permitan a los españoles residentes en España, especialmente a los jóvenes, el perfeccionamiento de sus conocimientos profesionales y lingüísticos, combinadas con la realización e prácticas laborales no remuneradas en el exterior.
      • Ayudas para facilitar a los jóvenes españoles residentes en el exterior, el contacto con la realidad española y la relación con otros jóvenes españoles, mediante la realización de actividades de información, promoción de asociacionismo, formación de emprendedores y participación en viajes culturales a España.
      • Ayudas para promover las igualdad efectiva de las españolas del exterior y la prevención de situaciones de violencia de género, mediante las subvención de actividades dirigidas a las mujeres que tengan por objeto la promoción de la igualdad efectiva entre hombres y mujeres, la prevención y el combate de situaciones de violencia de género y la inserción social de mujeres en situación de especial vulnerabilidad.
      • Ayudas para la realización de acciones dirigidas a propiciar la participación de las mujeres españolas residentes en el exterior, mayores de 35 años, en actividades de formación que tengan por objeto facilitar la inserción en el mercado de trabajo o su promoción  profesional, orientadas a su retorno a España.
      • Ayudas para facilitar la integración laboral en nuestro país de los emigrantes españoles retornados, propiciando, a través de ayudas económicas, su establecimiento como trabajadores autónomos o como socios trabajadores de cooperativas de trabajo asociado o de sociedades anónimas laborales.
      • Ayudas para promover el desarrollo de acciones de información socio-laboral, orientación y asesoramiento encaminadas a facilitar la inserción en el mercado de trabajo o la promoción profesional de los emigrantes y retornados españoles.
      • Ayudas para facilitar a los españoles mayores residentes en el exterior, que salieron de nuestro país, el reencuentro con la sociedad española, así como la obtención de los beneficios sociales existentes en España, mediante su participación en el Programa de Vacaciones para Mayores del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO).
      • Ayudas para atender a las situaciones de necesidad ocasionadas por el retorno de los españoles residentes en el exterior, cuando se acredite insuficiencia de recursos.
      • Ayudas para fomentar la realización de estudios de investigación dirigidos al conocimiento histórico o actual de la situación de los españoles en el exterior y de los retornados, así como para posibilitar la ejecución de proyectos concretos cuya finalidad sea la de mejorar la situación de los españoles en el exterior y retornados.
      • Ayudas para Asociaciones y Centros:
      • Ayudas para Asociaciones y Centros para facilitar la realización de actividades destinadas a mejorar las condiciones de vida de las personas mayores y/o dependientes desarrolladas por asociaciones y centros de españoles en el exterior, así como por otras instituciones o entidades que tengan por objeto la asistencia socio-sanitaria de estos colectivos.
      • Ayudas destinadas a favorecer la acogida e integración de españoles mayores retornados que no pertenezcan a la población activa, mediante el apoyo a la creación o mantenimiento de residencias de acogida.
      • Ayudas tendentes a promover el desarrollo de acciones de información, orientación y asesoramiento encaminadas  a facilitar la integración de los españoles en el momento de su retorno
      • Ayudas destinadas a contribuir a la financiación de los gastos de funcionamiento de las Federaciones, Asociaciones y Centros de españoles en el exterior, entendiéndose por tales gastos los de personal, alquiler del local, electricidad, gas, agua, línea telefónica de voz y de datos, material informático y de oficina de carácter fungible o consumible y otros de similar naturaleza.
      • Ayudas destinadas a sufragar los gastos de obra nueva, rehabilitación, adaptación y equipamiento de los centros e instalaciones de entidades radicadas en el exterior, cuya finalidad sea la asistencia social, sanitaria y sociocultural a favor de los españoles del exterior.
      • Ayudas para suscripciones y publicaciones con destino a centros y asociaciones de españoles en el exterior
      • Ayudas para la realización de acciones en el ámbito e la comunicación, dirigidas a la ciudadanía española en el exterior, a través de cualquier medio escrito, o audiovisual: prensa, radio, cine, televisión, Internet, etc.
  • Gestión de las Prestaciones por Razón de Necesidad:
    • Gestión y tramitación de solicitudes de reconocimiento de prestaciones económicas por ancianidad, garantizando la subsistencia a los españoles de origen que a la edad de 65 años carezcan de recursos económicos suficientes.
    • Gestión y tramitación de solicitudes de reconocimiento de prestaciones económicas por incapacidad absoluta para todo tipo de trabajo, garantizando la subsistencia a los españoles de origen, mayores de 18 años y menores de 65, que padezcan deficiencias, previsiblemente permanentes, de carácter físico o psíquico, congénitas o no, que les inhabiliten por completo para toda profesión u oficio y que carezcan de recursos económicos suficientes.
    • Gestión y tramitación de solicitudes de reconocimiento de la prestación de asistencia sanitaria, que garantiza a los beneficiarios de la prestación económica por ancianidad o por incapacidad absoluta para todo tipo de trabajo la cobertura de asistencia sanitaria
  • Seguridad Social:
    • Actuaciones y gestiones en favor de los españoles residentes en el exterior y retornados ante las Entidades Gestoras de la Seguridad Social españolas y brasileñas en relación con el Convenio existente en materia de Seguridad Social.
    • Seguimiento del cumplimiento del Convenio bilateral de Seguridad Social entre España y Brasil.
    • Seguimiento del cumplimiento de los Convenios Internacionales y de los Reglamentos Comunitarios en el ámbito de la Seguridad Social.
  • Desempleo:
    • Asesoramiento y tramitación de documentación para las prestaciones por desempleo, tanto contributivo como asistencial,  a los emigrantes retornados.

ATENCIÓN A LOS EXTRANJEROS QUE DESEAN EMIGRAR A ESPAÑA:

  • Información a los extranjeros sobre la situación del empleo en España y sobre el procedimiento legal existente para el acceso de los mismos al mercado de trabajo español
  • Canalización de flujos migratorios a España, de nacionales del país de acreditación, de forma temporal o definitiva.

COOPERACIÓN TÉCNICA.

  • Impulso y seguimiento de la cooperación del Departamento con los Ministerios y Organismos homólogos del país, en coordinación con la Oficina Técnica de Cooperación de la Embajada de España.
  • Colaboración en el seguimiento y en la evaluación de los proyectos de cooperación financiados por el Departamento a Organizaciones Internacionales (OIT, etc.).
  • Apoyo y colaboración a los expertos y funcionarios del Departamento en misiones de cooperación en el país.

 

III.- DERECHOS DE LOS CIUDADANOS.

De acuerdo con lo dispuesto en la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los ciudadanos tienen derecho a obtener información y orientación acerca de los requisitos jurídicos o técnicos que las disposiciones vigentes impongan a los proyectos, actuaciones o solicitudes que se propongan realizar.

Así pues, de manera general, los ciudadanos tienen derecho:

  • A recibir información de interés general de manera presencial, telefónica e informática.
  • A ser atendidos directa y personalizadamente.
  • A obtener la información administrativa real, veraz y pública.
  • A una orientación positiva.
  • A ser auxiliados en la redacción formal de documentos administrativos que dirijan a las Consejerías de Trabajo y de Asuntos Sociales.

 

IV.- FORMAS DE COLABORACIÓN Y PARTICIPACIÓN DE CIUDADANOS Y USUARIOS.

Los ciudadanos y usuarios que se dirijan a la Consejería podrán colaborar en la prestación del servicio a través de los siguientes medios:

  • Participación a través de los representantes de los ciudadanos españoles residentes en el exterior en el Consejo General de la Ciudadanía Española en el Exterior.
  • Participación a través de los representantes de los ciudadanos españoles residentes en el exterior en los Consejos de Residentes Españoles, constituidos en el ámbito correspondiente.
  • Mediante la formulación de quejas y sugerencias conforme a lo previsto en esta Carta.
  • Por medio de la expresión de sus opiniones en las encuestas que se realicen anualmente sobre la prestación de servicios.

 

V.- NORMATIVA REGULADORA.

La normativa reguladora de los servicios prestados por la Consejería se encuentra en los siguientes textos legales:

  • Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social. (BOE 12-01-2000).
  • Ley Orgánica 8/2000, de 22 de diciembre, de reforma de la Ley Orgánica 4/2000. (BOE 23-12-2000).
  • Ley 3/2005, de 18 de marzo, por la que se reconoce una prestación económica a los ciudadanos de origen español desplazados al extranjero, durante su minoría de edad, como consecuencia de la Guerra Civil, y que desarrollaron la mayor parte de su vida fuera del territorio nacional (Niños de la guerra)  (BOE 21-03-2005).
  • Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia (BOE 15-12-06)
  • Ley 40/2006, de 14 de diciembre, del Estatuto de la Ciudadanía Española en el Exterior (BOE 15-12-06). Corrección de errores de la Ley 40/2006, (BOE 5-02-07).
  • Ley 52/2007, de 26 de diciembre, por la que se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas a favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la guerra civil y la dictadura (BOE 27/12/2007)
  • R.D. 632/87, de 8 de mayo, sobre la Organización de la Administración del Estado en el exterior. (BOE 18-05-1987).
  • R.D. 1339/1987, de 30 de octubre, sobre cauces de participación institucional de los españoles residentes en el extranjero (BOE 2-11-1987).
  • Orden de 23 de febrero de 1988, del Ministerio de Asuntos Exteriores, por la que se regula la constitución, funciones, elección y funcionamiento de los Consejos de Residentes Españoles en el extranjero (BOE 2-03-1988).
  • R.D. 426/93, de 26 de marzo, regulador de las Secciones de Asuntos Laborales y de Seguridad Social de las Oficinas Consulares. (BOE 14-04-1993).
  • Orden de 12 de mayo de 1994, del Ministerio de Asuntos Exteriores, por la que se suprimen unidades administrativas denominadas Oficinas Laborales y se crean las Secciones Laborales, de Seguridad Social y de Asuntos Sociales de las Oficinas Consulares (BOE 17-05-1994).
  • R.D. 904/2003, de 11 de julio, por el que se regula la Administración del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales en el exterior (BOE 24-07-2003).
  • R.D. 1493/2007, de 12 de noviembre, por el que se aprueban las normas reguladoras de la concesión directa de ayudas destinadas a atender las situaciones de extraordinaria necesidad de los españoles retornados. (BOE 26/11/2007).
  • R.D. 8/2008, de 11 de enero, por el que se regula la prestación por razón de necesidad a favor de los españoles residentes en el exterior (BOE 24/01/08).
  • Orden del MTAS/1967/2005, de 24 de junio, por la que se establecen las disposiciones para el desarrollo y aplicación de la Ley 3/2005, de 18 de marzo. (BOE 25-06-2005).
  • Resolución de 25/02/08, conjunta de la Dirección General de Emigración y de la Dirección General del Instituto Nacional de la Seguridad Social, por la que se regula el procedimiento para acceder a la asistencia sanitaria para españoles de origen retornados y para pensionistas y trabajadores por cuenta ajena españoles de origen resientes en el exterior que se desplacen temporalmente a España. (BOE de 01/03/08)
  • Son aplicables los Convenios y Acuerdos sobre emigración suscritos por España con los países de acreditación y el Convenio núm. 97 de la OIT.
  • Asimismo son de aplicación la normativa de la Unión Europea y los Convenios bilaterales, en materia de Seguridad Social, suscritos con varios países de los cinco continentes.
  • Hay que tener en cuenta, además, los Acuerdos bilaterales adoptados sobre trabajadores extranjeros en España:
    • a) Sobre regulación y ordenación de los flujos migratorios laborales:
      • Colombia: BOE de 4-7-01 y 9-5-02
      • República Dominicana: BOE de 5-2-02
      • Ecuador: BOE de 10-7-01
      • Polonia: BOE de 20-9-02 y 8-4-04
      • Rumanía: BOE de 3-12-02
      • Bulgaria: BOE de 15-12-03
    • b) Sobre inmigración:
      • Guinea-Bissau: BOE de 27-3-03
      • Gambia: BOE de 28-12-06
      • Guinea-Conakry: BOE de 28-1-07
    • c) Sobre mano de obra:
      • Marruecos: BOE de 20-9-01
    • d) Sobre permisos de residencia y trabajo:
      • Marruecos: BOE de 28-05-96
        BOE de 03-09-97
    • e) Sobre readmisión de personas en situación irregular:
      • Francia: BOE de 26-12-03
      • Polonia: BOE de 22-7-04
      • Suiza: BOE de 20-1-05
  • Convenios especiales de la Seguridad Social para trabajadores emigrantes y retornados en materia de prestaciones y asistencia sanitaria regulados en diversas normas (RD 996/86, OM 3-8-93; OM 23-4-97; RD 1203/03; O. MTAS/2865, de 13-10-03; O. MTAS/819, de 12-3-04; O. MTAS/29, de 18-1-06; Resolución 20-8-86; Resolución 21-4-97; D. 1075/70; OM 10-6-70; OM 13-7-71; RD 1564/98).
  • Las distintas órdenes ministeriales que se publican cada año, por las que se establecen las bases reguladoras de la concesión de las ayudas y subvenciones correspondientes a los programas de actuación en favor de los españoles emigrantes y retornados.

La normativa reguladora de las materias competencia del Ministerio de Trabajo e Inmigración se pueden consultar en: http://www.meyss.es/

 

VI.- FORMAS DE PRESENTACIÓN DE QUEJAS Y SUGERENCIAS.

Los ciudadanos podrán presentar sus quejas y sugerencias sobre el funcionamiento de la Consejería en los lugares y en la forma que se señala a continuación:

  • De forma presencial, en el Formulario de Quejas y Sugerencias habilitado al efecto en la Consejería.
  • Mediante correo postal a la dirección de la Consejería.
  • Por medios telemáticos, siendo necesario en este caso, la firma electrónica del interesado

Las quejas y/o sugerencias deben hacerse constar en el correspondiente formulario, si bien puede ser utilizado cualquier otro formato o carta, siempre y cuando sean firmadas.

La Consejería, en el plazo de 20 días hábiles siguientes a la presentación de la queja o sugerencia, informará al interesado de las actuaciones realizadas y, en su caso, de las medidas adoptadas.

La presentación de cualquier queja o sugerencia no tendrá la calificación de recurso administrativo, no interrumpirá los plazos establecidos en el procedimiento al que pudiera afectar, ni condicionará el ejercicio de las restantes acciones o derechos de los interesados.

 

VII.- NIVELES O COMPROMISOS DE CALIDAD.

 Niveles de calidad ofrecidos:

  • Información presencial al emigrante:
    • Atender antes de 15 minutos al 70% de los usuarios.
  • Información telefónica:
    • Contestar dentro de las 24 horas siguientes, el 95% de las consultas telefónicas a las que no se pueda dar respuesta inmediata.
  • Información por Correo:
    • Responder por escrito el 95% de las consultas recibidas dentro de los 15 días siguientes  a  la recepción de las mismas.
  • Tiempos de resolución de ayudas de competencia de la Consejería:
    • Resolver el 75% de las solicitudes en el plazo de  21 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de presentación de la solicitud si hubiera asignación presupuestaria, o, en su caso, desde que esta fuera asignada.
  • Tiempos de tramitación, en el ámbito de la Consejería, de las ayudas competencia de la Dirección General de la Ciudadanía Española en el Exterior:
    • Tramitar el 90% de las solicitudes de ayuda en el plazo de 30 días hábiles, a partir del término del plazo de presentación de solicitudes en las ayudas en régimen de concurrencia o de la fecha de presentación de las mismas, si aquellas fueran de carácter individual.
  • Tiempos de tramitación, en el ámbito de la Consejería, de las prestaciones por razón de necesidad:
    • Tramitar el 90% de las solicitudes de pensiones asistenciales en el plazo de 21 días hábiles.
  • Tiempos de tramitación de las Quejas y Sugerencias.
    • Contestar el 90% de las quejas y sugerencias recibidas en un plazo de 15 días.

 

VIII.- MEDIDAS QUE FACILITEN EL ACCESO, MEJOREN LAS CONDICIONES DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO Y ASEGUREN LA IGUALDAD DE GÉNERO.

Aspectos facilitadores:

En la Consejería de Trabajo y de Asuntos Sociales existen aspectos facilitadores de la atención al público, los cuales son unas reglas de atención y un compromiso ético de actuación de los informadores.

  • Reglas de atención al Público.
    En cada una de las modalidades de información los informadores se guiarán por las siguientes reglas de actuación con los ciudadanos:
    Se identificarán adecuadamente, utilizarán un lenguaje comprensible, tratarán de resolver la cuestión planteada en el menor tiempo posible y preguntarán al cliente si ha obtenido lo que deseaba.
     
  • Compromiso ético de actuación de los informadores.
    El personal que presta servicios en la Consejería de Trabajo y de Asuntos Sociales asume como valores éticos del servicio público la integridad, la neutralidad, la imparcialidad, la transparencia en la gestión, la receptividad, la responsabilidad profesional y el servicio a los ciudadanos. Además, en el desarrollo de su trabajo diario velará porque los usuarios sean tratados con la mayor consideración, con arreglo a los principios de máxima ayuda, mínima molestia, confidencialidad, confianza, actuación eficiente y trato personalizado.
    Estos valores se extremarán en la atención a las personas que tengan algún tipo de discapacidad.


Igualdad de género.

Analizar y corregir, en su caso, las actuaciones y conductas que dificulten el respeto al principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres.

 

IX.-  SISTEMAS NORMALIZADOS DE GESTIÓN DE LA CALIDAD, MEDIO AMBIENTE Y PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES.

La Consejería cuenta con un sistema de aseguramiento de la calidad consistente en:

  • Actualización periódica de la información contenida en la página Web de la misma.
  • Formación continua del personal mediante cursos orientados a la actualización de los sistemas de gestión y del conocimiento de la legislación aplicable, así como de las técnicas de mejora de la calidad.
  • Revisión trimestral de los indicadores de gestión.
  • Análisis periódico de las quejas y sugerencias recibidas con la finalidad de revisar los procedimientos y sistemas de gestión, para adaptarlos a las necesidades y expectativas de los usuarios.

 

X.-  INDICADORES PARA EL SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DE LA CALIDAD

  • Porcentaje de consultas en información presencial atendidas antes de 15 minutos.
  • Porcentaje de consultas telefónicas, a las que no se puede dar respuesta inmediata, contestadas dentro de las 24 horas siguientes.
  • Porcentaje de consultas contestadas por escrito dentro de los 15 días.
  • Porcentaje de solicitudes de ayudas a emigrantes, competencia de la Consejería, resueltas antes de 21 días hábiles.
  • Porcentaje de ayudas tramitadas en la Consejería, de competencia de la Dirección General de la Ciudadanía Española en el Exterior, antes de 30 días hábiles.
  • Porcentaje de prestaciones por razón de necesidad tramitadas en la Consejería dentro de los 21 días hábiles siguientes.
  • Porcentaje de quejas y sugerencias, contestadas antes de 15 días.

 

XI.- MEDIDAS DE SUBSANACION EN CASO DE INCUMPLIMIENTO DE LOS COMPROMISOS

En caso de incumplimiento de alguno de los compromisos  declarados en esta Carta, el usuario podrá presentar reclamación ante la Unidad responsable de la misma, que se pondrá en contacto con él, ofreciéndole una información detallada de las circunstancias que hubieran determinado tal incumplimiento, así como de las medidas que, en su caso, se adopten para evitarlas en lo sucesivo.

 

XII.- DIRECCIONES Y ACCESO.

12.1.- Direcciones postales, telefónicas y telemáticas.

Consejería de Trabajo e Inmigración
SES – Av. das Nações Quadra 811, Lote 44
70429-900 Brasilia – DF
Brasil
Teléfono : (55 61) 3242-4515
Fax : ( 55 61) 3443-7641
Correo electrónico: ct.brasil@meyss.es

Plano de situación:

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Sección de Trabajo e Inmigración de São Paulo
Avenida Paulista, 453 – 7º. Andar – Salas 72/74
01311-907 São Paulo (SP)
Brasil
Teléfono: (55 11)  3285-6854
Fax: (55 11) 3253-0126
Correo electrónico: st.saopaolo@meyss.es

Sección de Trabajo e Inmigración de Rio de Janeiro
Rua Lauro Muller, 116  Sala 1.608 Edificio Rio Sul
22299-900 Rio de Janeiro (RJ)
Brasil
Teléfono : ( 55 21)  2543-3145
Fax: ( 55 21) 2543-3158
Correo electrónico: st.riodejaneiro@meyss.es

Consulado General de España en Salvador (BA)
Rua Marechal Floriano, 21
40110-010 Salvador (BA)
Brasil
Teléfono : ( 55 71) 3336-9055 / 3336-1937
Fax: ( 55 71) 3336-0266
Correo electrónico: consesp.sbahia@correo.maec.es

Consulado General de España en Porto Alegre (RS)
Avenida Carlos Gomes, 301 - Conjunto 301
Barrio Auxiliadora 
90480-000 Porto Alegre (RS)
Teléfono : ( 55 51) 3321-1901  / 3321-1116
 Fax: ( 55 51) 3330-3767
Correo electrónico: cog.portoalegre@maec.es

 12.2.- Formas de acceso y transporte.

Consejería de Trabajo y de Asuntos Sociales
Autobús: Línea 103, que pasa en frente de la Embajada, con  frecuencia de hora en hora.

Sección de Trabajo y de Asuntos Sociales de São Paulo
Autobús : diversas  líneas
Metro: estación Brigadeiro Luiz Antônio

Sección de Trabajo y de Asuntos Sociales de Río de Janeiro
Autobus: diversas líneas
Metro: estaciones Botafogo y Cardeal Arcoverde

Consulado General de España en Salvador (BA)
Autobús: diversas líneas

Consulado General de España en Porto Alegre (RS)
Autobús: diversas líneas

 

XIII.- UNIDAD RESPONSABLE DE LA CARTA.

La Secretaría General de la Consejería, responsable de la Carta de Servicios será la encargada de velar por el cumplimiento de los compromisos proclamados en la Carta y de impulsar las pertinentes acciones de mejora.

La dirección de la misma es la siguiente:

SES – Av. das Nações Quadra 811, Lote 44
70429-900 Brasilia – DF
Brasil
Teléfono : (55 61) 3242-4515
Fax : ( 55 61) 3443-7641
Correo electrónico: ct.brasil@meyss.es

 

XIV.-OTROS DATOS DE INTERÉS.

  • Horario de atención al público.: de 9:00 a 14:00 de lunes a viernes.

 

  • Integración de inmigrantes para entidades locales
  • Programa Nacional de Reformas. Estrategia de Lisboa
  • 060, para los ciudadanos