Búsqueda avanzada

Francia

CARTA DE SERVICIOS DE LA CONSEJERÍA DE TRABAJO Y DE INMIGRACIÓN EN FRANCIA

 

I.- DATOS SIGNIFICATIVOS Y FINES DEL ORGANISMO.

La Consejería de Trabajo e Inmigración en Francia es una unidad administrativa integrada en la Embajada Española y con dependencia funcional del Ministerio de Trabajo e Inmigración.

Sus funciones principales se refieren al análisis e información a la Administración Española sobre la situación socio-laboral y de la protección social en Francia y a las relaciones institucionales con las Autoridades, Sindicatos, Asociaciones Patronales y Entes de Participación Social en Francia.

La Consejería asiste a los residentes españoles en cuanto a la tramitación de prestaciones de seguridad social; difundir y gestionar los Programas de Ayudas en su favor; orientar sobre el retorno y colocación en España de los emigrantes españoles y cualquier otra ayuda de esta naturaleza que pudiesen requerir e informar a los ciudadanos franceses que deseen trabajar en España sobre los requisitos exigidos a tal efecto. Igualmente impulsa la libre circulación de trabajadores y profesionales españoles en el mercado de trabajo de Francia.

La Consejería ejerce, asimismo, las funciones de apoyo y coordinación en la Delegación Permanente de España ante la OCDE, en las áreas competencia de los Ministerios de Trabajo e Inmigración y de Sanidad y Consumo.

 

II.- RELACION DE SERVICIOS PRESTADOS:

INFORMACIÓN Y RELACIONES:

  • Información al Ministerio de Trabajo e Inmigración:
    • Informes periódicos remitidos al Ministerio de Trabajo e Inmigración sobre la situación socio-laboral francesa.
    • Informes de carácter monográfico solicitados por el Ministerio de Trabajo e Inmigración o elaborados a iniciativa de la Consejería.
  • Información a instituciones y personas francesas
    • Distribución de publicaciones sobre la realidad socio-laboral y sanitaria de España recibidas de las Administraciones Públicas españolas.
  • Relaciones Institucionales
    • Participación o presencia en reuniones, congresos y conferencias en materia de empleo, seguridad social, asuntos sociales y sanidad de Francia.
    • Relación permanente con Autoridades e Instituciones francesas relacionadas con las funciones de la Consejería así como con Asociaciones Patronales, Sindicales y Entes de Participación Social.

ATENCIÓN A LOS ESPAÑOLES RESIDENTES EN FRANCIA :

  • A Federaciones, Centros , Asociaciones, Consejeros Generales de la Emigración y Consejos de Residentes :
    • Participación en reuniones y actos organizados por los Centros, Asociaciones, Federaciones, Consejeros Generales de la Ciudadanía Española en el Exterior y Consejos de Residentes Españoles o promovidos por la Consejería.
    • Elaboración y distribución de publicaciones divulgativas de noticias socio-laborales y de novedades legislativas de interés para los emigrantes.
  • Información a los españoles residentes :
    • Información y asesoramiento sobre la legislación laboral, social, de seguridad social, sanitaria española y francesa.
    • Información sobre los programas de ayudas individuales y colectivas.
    • Difusión de los requisitos para acceder a los Programas de ayudas económicas de la Administración española.
    • Información y asesoramiento en materia de retorno a España.
  • Gestión de ayudas económicas:
    • Ayudas individuales para :
      • Ayudas para sufragar gastos extraordinarios derivados del hecho de la emigración o del retorno orientadas a atender necesidades económicas de los españoles emigrantes y retornados, así como de los familiares que convivan y dependan económicamente de ellos.
      • Ayudas a Instituciones o Entidades españolas o extranjeras, públicas o privadas, para promover el desarrollo de aciones de información, orientación y asesoramiento encaminadas a facilitar la inserción socio-laboral, de los emigrantes y retornados españoles.
      • Becas "Reina Sofía" para facilitar la promoción educativa de los emigrantes españoles, sus cónyuges e hijos que residan en el exterior, que deseen cursar estudios universitarios en España y carezcan de medios económicos suficientes para trasladarse a nuestro país y realizarlos.
      • Ayudas de cuantía limitada a los emigrantes españoles y sus familias, que atraviesen situaciones de dificultades económicas y que busquen su promoción social a través de la educación.
      • Ayudas para facilitar a los descendientes de emigrantes españoles, residentes en el exterior, el contacto con la realidad española y la relación con otros jóvenes españoles o extranjeros, mediante la realización de actividades de información, promoción del asociacionismo, formación de emprendedores y participación en viajes culturales a España.
      • Gestión del programa de vacaciones a España para mayores.
      • Ayudas para la integración social de emigrantes y retornados mayores.
      • Ayudas para el desarrollo de proyectos concretos en el ámbito migratorio.
    • Ayudas para Federaciones, Asociaciones y Centros :
      • Ayudas para el desarrollo de acciones de información socio-laboral y orientación en favor de emigrantes y retornados españoles.
      • Ayudas para el funcionamiento de las asociaciones y centros de emigrantes.
      • Ayudas para suscripciones a publicaciones con destino a Centros y Asociaciones de emigrantes y Consejos de Residentes Españoles.
      • Ayudas para contribuir a la mejora de los equipos e instalaciones de instituciones o entidades cuya finalidad sea la asistencia social, sanitaria y cultural de los emigrantes españoles.
      • Ayudas para el desarrollo de actividades concretas en el ámbito migratorio: mayores, jóvenes, mujeres, comunicación, investigación. 
  • Actuaciones en materia de Seguridad Social y Desempleo :
    • Seguridad Social :
      • Actuaciones y gestiones a favor de los emigrantes ante las Entidades Gestoras de la Seguridad Social españolas y francesas, en relación con los Reglamentos Comunitarios.
      • Seguimiento del cumplimiento de los Convenios Internacionales y de los Reglamentos Comunitarios en el ámbito de la Seguridad Social.
      • Asesoramiento a los beneficiarios de dichos instrumentos internacionales sobre el contenido de los mismos.
    • Desempleo :
      • Asesoramiento sobre las prestaciones por desempleo francesas y españolas tanto de nivel contributivo como asistencial.
    • Libre circulación :
      • Impulsar la libre circulación de trabajadores y profesionales españoles en el mercado de trabajo de Francia.

ATENCIÓN A LOS EXTRANJEROS QUE DESEAN EMIGRAR A ESPAÑA :

  • Información a los extranjeros sobre la situación del empleo en España, el procedimiento legal existente para el acceso de los mismos al mercado de trabajo español y sobre la normativa española en materia laboral, sanitaria y de seguridad social.

COOPERACION TECNICA

  • Impulso y seguimiento de la cooperación del Departamento con los Ministerios y Organismos homólogos en Francia cuando se suscriban acuerdos bilaterales, en coordinación con las Oficinas Técnicas de Cooperación de la Embajada de España.
  • Colaboración en el seguimiento y en la evaluación de potenciales proyectos de cooperación financiados por el Departamento a Organizaciones Internacionales (OIT, etc...).
  • Apoyo y colaboración a los expertos y funcionarios del Departamento en misiones de cooperación.

 

III.- DERECHOS DE LOS CIUDADANOS.

De acuerdo con lo dispuesto en la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los ciudadanos tienen derecho a obtener información y orientación acerca de los requisitos jurídicos o técnicos que las disposiciones vigentes impongan a los proyectos, actuaciones o solicitudes que se propongan realizar.

Así pues, de manera general, los ciudadanos tienen derecho:

  • A recibir información de interés general de manera presencial, telefónica e informática
  • A ser atendidos directa y personalizadamente.
  • A obtener la información administrativa real, veraz y pública.
  • A una orientación positiva.
  • A ser auxiliados en la redacción formal de documentos administrativos que dirijan a la Consejería.

 

IV.- FORMAS DE COLABORACIÓN Y PARTICIPACIÓN DE CIUDADANOS Y USUARIOS.

Los ciudadanos y usuarios que se dirijan a esta Consejería podrán colaborar en la prestación del servicio a través de los siguientes medios :

  • Participación a través de los representantes de los emigrantes españoles en el Consejo General de la Ciudadanía Española en el Exterior.
  • Participación a través de los representantes de los emigrantes españoles en los Organos de Participación Institucional, constituidos en el ámbito correspondiente.
  • Participación a través de las Federaciones, Centros y Asociaciones de emigrantes, como representantes de los españoles residentes en el extranjero.
  • Mediante la formulación de quejas y sugerencias conforme a lo previsto en esta Carta.
  • Por medio de la expresión de sus opiniones en las encuestas que se realicen sobre la prestación de servicios.

 

V.- NORMATIVA REGULADORA.

La normativa reguladora de los servicios prestados por la Consejería se encuentra en los siguientes textos legales:

  • Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social. (BOE 12-01-2000).
  • Ley Orgánica 8/2000, de 22 de diciembre, de reforma de la Ley Orgánica 4/2000. (BOE 23-12-2000).
  • Ley 3/2005, de 18 de marzo, por la que se reconoce una prestación económica a los ciudadanos de origen español desplazados al extranjero, durante su minoría de edad, como consecuencia de la Guerra Civil, y que desarrollaron la mayor parte de su vida fuera del territorio nacional (Niños de la guerra)  (BOE 21-03-2005).
  • Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia (BOE 15-12-06)
  • Ley 40/2006, de 14 de diciembre, del Estatuto de la ciudadanía española en el exterior (BOE 15-12-06). Corrección de errores de la Ley 40/2006, (BOE 5-02-07).
  • Ley 52/2007, de 26 de diciembre, por la que se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas a favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la guerra civil y la dictadura (BOE 27/12/2007).
  • R.D. 632/87, de 8 de mayo, sobre la Organización de la Administración del Estado en el exterior. (BOE 18-05-1987).
  • R.D. 1339/1987, de 30 de octubre, sobre cauces de participación institucional de los españoles residentes en el extranjero (BOE 2-11-1987).
  • Orden de 23 de febrero de 1988, del Ministerio de Asuntos Exteriores, por la que se regula la constitución, funciones, elección y funcionamiento de los Consejos de Residentes Españoles en el extranjero (BOE 2-03-1988).
  • R.D. 426/93, de 26 de marzo, regulador de las Secciones de Asuntos Laborales y de Seguridad Social de las Oficinas Consulares. (BOE 14-04-1993).
  • Orden de 12 de mayo de 1994, del Ministerio de Asuntos Exteriores, por la que se suprimen unidades administrativas denominadas Oficinas Laborales y se crean las Secciones Laborales, de Seguridad Social y de Asuntos Sociales de las Oficinas Consulares (BOE 17-05-1994).
  • R.D. 904/2003, de 11 de julio, por el que se regula la Administración del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales en el exterior (BOE 24-07-2003).
  • R.D. 1493/2007, de 12 de noviembre, por el que se aprueban las normas reguladoras de la concesión directa de ayudas destinadas a atender las situaciones de extraordinaria necesidad de los españoles retornados. (BOE 26/11/2007).
  • R.D. 8/2008, de 11 de enero, por el que se regula la prestación por razón de necesidad a favor de los españoles residentes en el exterior (BOE 24/01/08).
  • Orden del MTAS/1967/2005, de 24 de junio, por la que se establecen las disposiciones para el desarrollo y aplicación de la Ley 3/2005, de 18 de marzo. (BOE 25-06-2005).
  • Resolución de 25/02/08, conjunta de la Dirección General de Emigración y de la Dirección General del Instituto Nacional de la Seguridad Social, por la que se regula el procedimiento para acceder a la asistencia sanitaria para españoles de origen retornados y para pensionistas y trabajadores por cuenta ajena españoles de origen resientes en el exterior que se desplacen temporalmente a España. (BOE de 01/03/08).
  • Son aplicables los Convenios y Acuerdos sobre emigración suscritos por España con los países de acreditación y el Convenio núm. 97 de la OIT.
  • Asimismo son de aplicación la normativa de la Unión Europea y los Convenios bilaterales, en materia de Seguridad Social, suscritos con varios países de los cinco continentes.
  • Hay que tener en cuenta, además, los Acuerdos bilaterales adoptados sobre trabajadores extranjeros en España:
    • a) Sobre regulación y ordenación de los flujos migratorios laborales:
      • Colombia: BOE de 4-7-01 y 9-5-02
      • República Dominicana: BOE de 5-2-02
      • Ecuador: BOE de 10-7-01
      • Polonia: BOE de 20-9-02 y 8-4-04
      • Rumanía: BOE de 3-12-02
      • Bulgaria: BOE de 15-12-03
    • b) Sobre inmigración:
      • Guinea-Bissau: BOE de 27-3-03
      • Gambia: BOE de 28-12-06
      • Guinea-Conakry: BOE de 28-1-07
    • c) Sobre mano de obra:
      • Marruecos: BOE de 20-9-01
    • d) Sobre permisos de residencia y trabajo:
      • Marruecos: BOE de 28-05-96
        BOE de 03-09-97
    • e) Sobre readmisión de personas en situación irregular:
      • Francia: BOE de 26-12-03
      • Polonia: BOE de 22-7-04
      • Suiza: BOE de 20-1-05
  • Convenios especiales de la Seguridad Social para trabajadores emigrantes y retornados en materia de prestaciones y asistencia sanitaria regulados en diversas normas (RD 996/86, OM 3-8-93; OM 23-4-97; RD 1203/03; O. MTAS/2865, de 13-10-03; O. MTAS/819, de 12-3-04; O. MTAS/29, de 18-1-06; Resolución 20-8-86; Resolución 21-4-97; D. 1075/70; OM 10-6-70; OM 13-7-71; RD 1564/98).
  • Las distintas órdenes ministeriales que se publican cada año, por las que se establecen las bases reguladoras de la concesión de las ayudas y subvenciones correspondientes a los programas de actuación en favor de los españoles emigrantes y retornados.

La normativa reguladora de las materias competencia del Ministerio de Trabajo e Inmigración se pueden consultar en: http://www.empleo.gob.es

 

VI.- FORMAS DE PRESENTACIÓN DE QUEJAS Y SUGERENCIAS.

Los ciudadanos podrán presentar sus quejas y sugerencias sobre el funcionamiento de la Consejería en los lugares y en la forma que se señala a continuación:

  • De forma presencial, en el Formulario de Quejas y Sugerencias habilitado al efecto en la Consejería.
  • Mediante correo postal a la dirección de la Consejería.
  • Por medios telemáticos, siendo necesario en este caso, la firma electrónica del interesado

Las quejas y/o sugerencias deben hacerse constar en el correspondiente formulario, si bien puede ser utilizado cualquier otro formato o carta, siempre y cuando sean firmadas.

La Consejería, en el plazo de 20 días hábiles siguientes a la presentación de la queja o sugerencia, informará al interesado de las actuaciones realizadas y, en su caso, de las medidas adoptadas.

La presentación de cualquier queja o sugerencia no tendrá la calificación de recurso administrativo, no interrumpirá los plazos establecidos en el procedimiento al que pudiera afectar, ni condicionará el ejercicio de las restantes acciones o derechos de los interesados.

 

VII.- NIVELES O COMPROMISOS DE CALIDAD.

Niveles de calidad ofrecidos:

  • Información presencial al emigrante :
    • Atender antes de 30 minutos al 90% de los usuarios.
  • Información telefónica :
    • Contestar dentro de las 24 horas siguientes el 90% de las consultas telefónicas a las que no se pueda dar respuesta inmediata.
  • Información por correo :
    • Responder por escrito las consultas recibidas dentro de los 15 días siguientes a la recepción de las mismas.
  • Tiempos de resolución de ayudas de competencia de la Consejería:
    • Ayudas de carácter individual:
      • Resolver el 75% de las solicitudes en el plazo de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente al de presentación de la solicitud completa si hubiera asignación presupuestaria, o, en su caso, desde que ésta fuera asignada.
    • Ayudas en régimen de concurrencia competitiva: resolver el 100% de las solicitudes competencia de la Consejería en el plazo de 60 días hábiles a partir del término del plazo de presentación de las solicitudes.
    • Tiempos de tramitación, en el ámbito de la Consejería, de las ayudas competencia de la Dirección General de la Ciudadanía Española en el Exterior:
      • Tramitar el 90% de las ayudas en régimen de concurrencia competitiva en el plazo de 45 días hábiles a partir del término del plazo de presentación de las solicitudes o de 20 días a partir de la fecha de presentación de las mismas si fueran de carácter individual.
  • Tiempos de tramitación de las Quejas y Sugerencias :
    • Contestar el 90% de las quejas y sugerencias recibidas en un plazo de 10 días.

 

VIII.- MEDIDAS QUE FACILITEN EL ACCESO, MEJOREN LAS CONDICIONES DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO Y ASEGUREN LA IGUALDAD DE GÉNERO.

Aspectos facilitadores :

En la Consejería se aplican criterios que facilitan la atención al público, los cuales son unas reglas de atención y un compromiso ético de actuación de los informadores.

  • Reglas de atención al público.
    • En cada una de las modalidades de atención los informadores se guiarán por las siguientes reglas de actuación con los ciudadanos :
    • Se identificarán adecuadamente, utilizarán un lenguaje comprensible, tratarán de resolver la cuestión planteada en el menor tiempo posible y preguntarán al cliente si ha obtenido lo que deseaba.
  • Compromiso ético de actuación de los informadores.
    • El personal que presta servicios en la Consejería de Trabajo y Asuntos Sociales asume como valores éticos del servicio público la integridad, la neutralidad, la imparcialidad, la transparencia en la gestión, la receptividad, la responsabilidad profesional y el servicio a los ciudadanos.
    • Además, en el desarrollo de su trabajo diario velará porque los usuarios sean tratados con la mayor consideración, con arreglo a los principios de máxima colaboración, mínima molestia, confidencialidad, confianza, actuación eficiente y trato personalizado.
    • Estos valores se extremarán en la atención a las personas que tengan algún tipo de discapacidad.

Igualdad de género.

Analizar y corregir, en su caso, las actuaciones y conductas que dificulten el respeto al principio de igualdad entre hombres y mujeres.

 

IX.- SISTEMAS NORMALIZADOS DE GESTIÓN DE LA CALIDAD, MEDIO AMBIENTE Y PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES.

La Consejería cuenta con un sistema de aseguramiento de la calidad consistente en :

  • Actualización periódica de la información contenida en la página Web de la misma.
  • Formación continúa del personal mediante cursos orientados a la actualización de los sistemas de gestión y del conocimiento de la legislación aplicable, así como de las técnicas de mejora de la calidad.
  • Revisión trimestral de los indicadores de gestión.
  • Análisis de las quejas y sugerencias recibidas con la finalidad de revisar los procedimientos y sistemas de gestión, para adaptarlos a las necesidades y expectativas de los usuarios.
  • Las encuestas de satisfacción que se realicen entre los usuarios de todos los servicios, orientadas a conocer la valoración que el público hace de la calidad de los mismos y las posibles mejoras a introducir en ellos.

 

X.- INDICADORES PARA EL SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DE LA CALIDAD.

  • Porcentaje de consultas de información presencial atendidas antes de 30 minutos.
  • Porcentaje de consultas telefónicas, a las que no se puede dar respuesta inmediata, contestadas dentro de las 24 horas.
  • Porcentaje de consultas contestadas por escrito dentro de los 15 días.
  • Porcentaje de solicitudes de ayudas, competencia de la Consejería, resueltas en el plazo de 15 días hábiles desde el día siguiente a la presentación de la solicitud si son de carácter individual y en el plazo de 60 días hábiles a partir del término del plazo de presentación de las solicitudes si fueran en régimen de concurrencia competitiva.
  • Porcentaje de ayudas tramitadas en la Consejería, competencia de la Dirección General de la Ciudadanía Española en el Exterior, dentro de los 45 días desde el término del plazo de presentación de las solicitudes si las mismas son en régimen de concurrencia competitiva o dentro de los 20 días desde la fecha de entrada de la solicitud si fueran de carácter individual.
  • Porcentaje de quejas y sugerencias, contestadas en el plazo  de 10 días.

 

XI.- MEDIDAS DE SUBSANACIÓN EN CASO DE INCUMPLIMIENTO DE LOS COMPROMISOS

En caso de incumplimiento de alguno de los compromisos declarados en esta Carta, el usuario podrá presentar reclamación ante la Unidad responsable de la misma, que se pondrá en contacto con él, ofreciéndole una información detallada de las circunstancias que hubieran determinado tal incumplimiento, así como de las medidas que, en su caso, se adopten para evitarlas en lo sucesivo.

 

XII.- DIRECCIONES Y ACCESO

12.1.- Direcciones postales, telefónicas y telemáticas

Dirección postal : 6, rue Greuze 75116 PARIS
Teléfono centralita :   01.53.70.05.20
Fax : 01.53.70.05.30

Viajes para Personas Mayores del IMSERSO: 01 53 70 05 44 - 01 53 70 05 36
Ayudas a Centros y Asociaciones:    01 53 70 05 31
Secretaria del Consejero:     01 53 70 05 15
Secretaría General:      01 53 70 05 29

E-mail: constrab.paris@meyss.es
Página Web Consejería: http://www.empleo.gob.es/es/mundo/consejerias/francia/index.htm
Página Web Embajada: www.amb-espagne.fr 

12.2.- Formas de acceso y transporte

Metro: Trocadéro
Autobuses: 63, 22, 30
Plano de situación:

 Image23

XIII.- UNIDAD RESPONSABLE DE LA CARTA

La Secretaría General de la Consejería de Trabajo y Asuntos Sociales, responsable de la Carta de Servicios será la encargada de velar por el cumplimiento de los compromisos proclamados en la Carta y de impulsar las pertinentes acciones de mejora.

La dirección de la misma es la siguiente:

Dirección postal: 6, rue Greuze 75116 París
Teléfono :  01.53.70.05.29 - 01.53.70.05.18
Fax : 01.53.70.05.30
E-mail : constrab.paris@meyss.es
Página Web Consejería: http://www.empleo.gob.es/mundo/consejerias/francia/index.htm
Página Web Embajada: www.amb-espagne.fr

 

XIV.- OTROS DATOS DE INTERES

Horario de atención al público: de 9 h. a 13 h., de lunes a viernes.
Direcciones de las Secciones que dependen funcionalmente de la Consejería:

  • Sección de Trabajo e Inmigración
    8, rue Foy
    33000 Bordeaux
    Tel.: 05.56.81.84.60
    Fax : 05.56.48.22.54
    E-mail: secmtas.bordeaux@9business.fr
     
  • Sección de Trabajo e Inmigración
    6, rue Brûlée
    67000 Strasbourg
    Tel.: 03 88.32.34.78
    Fax : idem
     
  • Sección de Trabajo e Inmigración
    94, rue Servient
    69003 Lyon
    Tel.: 04.78.62.06.53
    Fax : 04.78.62.61.58
    E-mail :  secmtas.lyon@neuf.fr
     
  • Sección de Trabajo e Inmigración
    18, rue Edouard Delanglade
    13006 Marseille
    Tel.: 04.91.37.47.97
    Fax : 04.91.81.34.74
     
  • Sección de Trabajo e Inmigración
    15, rue du Général Campredon
    34000 Montpellier
    Tel.: 04.67.58.67.53
    Fax : 04.67.58.77.89
     
  • Sección de Trabajo e Inmigración
    3, rue Henri IV
    64000 Pau
    Tel.:   05.59.83.91.13
    Fax : 05.59.27.57.73
    E-mail: secmtas.pau@cegetel.net
     
  • Sección de Trabajo e Inmigración
    12, rue Franklin
    66000 Perpiñan
    Tel.: 04.68.51.08.08
    Fax : 04.68.35.04.22
    E-mail: secmtas.perpignan@neuf.fr
     
  • Sección de Trabajo e Inmigración
    16, rue Sainte Anne
    31000 Toulouse
    Tel.: 05.62.26.78.98
    Fax : 05.62.26.00.63
  • Integración de inmigrantes para entidades locales
  • Programa Nacional de Reformas. Estrategia de Lisboa
  • 060, para los ciudadanos