Ámbito de aplicación
Ámbito de aplicación
- Las sociedades cooperativas que realicen principalmente su actividad cooperativizada en el territorio de varias Comunidades Autónomas, cuando no lo haga con carácter principal en ninguno de tales territorios.
-
- Las sociedades cooperativas que realicen principalmente su actividad cooperativizada en las ciudades de Ceuta y Melilla.
-
- Las cooperativas de crédito cuya actividad, sea o no cooperativizada, exceda del territorio de una Comunidad Autónoma.
-
- Las sociedades cooperativas europeas que se constituyan en un futuro
Destacados
El Ministerio
Más Información
Enlaces