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Ámbito de aplicación

Ámbito de aplicación

    • Las sociedades cooperativas que realicen principalmente su actividad cooperativizada en el territorio de varias Comunidades Autónomas, cuando no lo haga con carácter principal en ninguno de tales territorios.
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    • Las sociedades cooperativas que realicen principalmente su actividad cooperativizada en las ciudades de Ceuta y Melilla.
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    • Las cooperativas de crédito cuya actividad, sea o no cooperativizada, exceda del territorio de una Comunidad Autónoma.
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    • Las sociedades cooperativas europeas que se constituyan en un futuro

 

  • Integración de inmigrantes para entidades locales
  • Programa Nacional de Reformas. Estrategia de Lisboa
  • 060, para los ciudadanos