A. En relación con las actuaciones a seguir en las consultas relacionadas con empresas que tengan representantes legales de los trabajadores:
Para el caso de consultas efectuadas a instancia de empresas o de representantes de trabajadores (comités de empresas, delegados de personal, delegados sindicales), la parte consultante deberá acreditar que la contraparte es conocedora de la consulta planteada.
B.En relación a todo tipo de consultas efectuadas a la CCNCC:
La parte consultante deberá proporcionar a la CCNCC la siguiente información:
- Nombre y domicilio de quien plantea la consulta
- Legitimación del que formula la consulta, conforme a lo dispuesto en el art.14 del Real Decreto 1362/2012, de 27 de septiembre (BOE 28/9/2012). En el caso de consultas planteadas en nombre y representación de una empresa, se precisará copia del poder de representación o autorización de la empresa por la que se actúa. Las consultas referidas a trabajadores, sobre Convenio aplicable a los mismos, deberán plantearse a través de sus representantes legales en el ámbito de las empresas o de Organizaciones Sindicales representativas.
- Identificación de la empresa o entidad a que se refiere la consulta: nombre o razón social y domicilio.
- Objeto social de la empresa.
- Determinación del Convenio Colectivo que, en su caso, se pueda venir aplicando.
- Descripción de la actividad desarrollada por la empresa a que se refiere la consulta. En aquellos casos en que la empresa se dedique a una variedad de actividades, susceptibles de resultar encuadrables en el ámbito funcional de un convenio colectivo sectorial distinto, la parte consultante deberá concretar si las distintas actividades se realizan de forma autónoma, con personal, medios técnicos y materiales propios, o si por el contrario guardan entre ellas una relación de dependencia productiva u organizativa. A estos efectos, deberá señalar el volumen económico de cada una de ellas, así como el número de trabajadores empleados en cada actividad.
- Epígrafe o epígrafes de actividad económica en que la empresa puede estar dada de alta a efectos del IAE o del CNAE.
- Estructura organizativa de la empresa a que se refiere la consulta, y características de su plantilla (categorías y tareas principales desarrolladas por los trabajadores). Para el caso de que la empresa, en cuestión, desarrolle también una segunda actividad independiente de la principal, deberá informase igualmente sobre la estructura organizativa referida a esta segunda actividad. Para el caso de que la empresa tenga varios centros de trabajo, deberá indicarse su localización y características.
- Persona y teléfono de contacto para aclarar cualquier duda referida a la consulta.
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