La cohesión económica y social constituye una expresión de la solidaridad entre los Estados miembros y las regiones de la Unión Europea. Favorece el desarrollo equilibrado del territorio comunitario, la reducción de las diferencias estructurales entre las regiones de la Unión y la verdadera igualdad de oportunidades entre las personas. Se materializa a través de diversas intervenciones financieras, en particular las de los Fondos Estructurales y el Fondo de Cohesión. Cada tres años la Comisión Europea presenta un informe sobre los avances realizados en la consecución de la cohesión económica y social y el modo en que han contribuido a ello las políticas comunitarias.
El presupuesto de la UE incluye una parte denominada "Fondo de Cohesión", que se usa para financiar proyectos que contribuyen a que la UE se mantenga unida.
Comité creado por el Estado Miembro, de acuerdo con la Autoridad de Gestión (Unidad de Gestión de la UAFSE) y los órganos de cada Comunidad o Ciudad Autónoma, en un plazo de tres meses a partir de la fecha de notificación de la decisión de aprobación del programa operativo, con el fin de velar por el correcto seguimiento y desarrollo del Programa Operativo. Se constituirá, de acuerdo con el artículo 63 del Reglamento (CE) 1083/2006. Podrá crearse un único Comité de Seguimiento para varios programas operativos. Cada Comité de Seguimiento establecerá su reglamento interno ateniéndose al marco institucional, jurídico y financiero del Estado Miembro y lo aprobará de acuerdo con la Autoridad de Gestión con objeto de desempeñar sus cometidos de conformidad con los Reglamentos comunitarios.
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UAFSE 2000-2006